Por intermedio de la presente
comunicamos los Agentes Oficiales de Lotería de la Provincia de Buenos Aires,
que conforme lo ha dispuesto el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, de
readecuar los salarios convenidos en los diferentes Acuerdos Salariales a los
nuevos montos del Salario Mínimo Vital y Móvil previstos, que al trabajador/a
de la tercera categoría de Convenio de Trabajo 664/13, (“trabajador que realiza
exclusivamente tareas de limpieza y mantenimiento del local”) en el caso de que
los períodos que ya se hayan devengados, deberán readecuar los mismos al nuevo
monto del Salario Mínimo Vital y Móvil, para luego adecuarse a la nueva escala
salarial acordada con ALEARA, donde queda saneada dicha situación atento a que
todas las demás categorías quedan por encima del Salario Mínimo Vital y Móvil.-
(conf . Res-6/2022 MTSS).