Por intermedio de la presente comunicamos los Agentes Oficiales de Lotería de la Provincia de Buenos Aires, que conforme lo ha dispuesto el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, de readecuar los salarios convenidos en los diferentes Acuerdos Salariales a los nuevos montos del Salario Mínimo Vital y Móvil previstos, que al trabajador/a de la tercera categoría de Convenio de Trabajo 664/13, (“trabajador que realiza exclusivamente tareas de limpieza y mantenimiento del local”) en el caso de que los períodos que ya se hayan devengados, deberán readecuar los mismos al nuevo monto del Salario Mínimo Vital y Móvil, para luego adecuarse a la nueva escala salarial acordada con ALEARA, donde queda saneada dicha situación atento a que todas las demás categorías quedan por encima del Salario Mínimo Vital y Móvil.-
(conf . Res-6/2022 MTSS).